LEY N° 20.393

RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

Besalco S.A. y Filiales (en adelante la Empresa) ha diseñado e implementado un Modelo de Prevención de Delitos (MPD), en referencia a la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas (en adelante la Ley), el cual es obligatorio para:

Trabajadores de Besalco S.A. y Filiales, Clientes, proveedores, prestadores de servicios, contratistas y subcontratistas, Accionistas, directores y ejecutivos principales, Todos quienes realicen actividades de administración y supervisión para la Empresa. Es por ello que lo invitamos a revisar los siguientes puntos para una mejor comprensión de dicha ley y los temas a los que ésta se refiere.

¿A QUIÉNES APLICA?

La Ley aplica a toda persona jurídica, empresa privada y del Estado, con y sin fines de lucro.

¿QUÉ DELITOS SANCIONA?

La Ley establece los siguientes delitos:

  • Apropiación indebida.
  • Administración desleal.
  • Cohecho (soborno) de empleado público nacional o funcionario público extranjero.
  • Comercialización de recursos hidrobiológicos vedados y productos derivados de éstos.
  • Contaminación del mar, de ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua.
  • Corrupción entre privados.
  • Financiamiento de terrorismo.
  • Lavado de activos.
  • Negociación incompatible.
  • Pesca ilegal de recursos del fondo marino.
  • Procesar, elaborar o almacenar recursos hidrobiológicos o productos derivados de ellos, colapsado o sobreexplotado, sin acreditar su origen legal.
  • Receptación.

¿QUÉ RESPONSABILIDADES ESTABLECE?

De acuerdo a la Ley, las personas jurídicas son responsables cuando los delitos han sido:

a) Cometidos directa e inmediatamente para su interés o provecho.

b) Cometidos por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración y supervisión.

c) Cuya comisión fuere consecuencia del incumplimiento de la persona jurídica, de los deberes de dirección y supervisión.

d) Cometidos por personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa de alguno de los sujetos mencionados en la letra b) anterior.

¿A QUÉ SANCIONES SE EXPONE LA PERSONA JURÍDICA?

La Ley ha dispuesto las siguientes sanciones:

  • Disolución o cancelación de la personalidad jurídica.
  • Prohibición temporal o perpetua de celebrar actos o contratos con el Estado.
  • Pérdida parcial o total o de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un periodo determinado.
  • Multas a beneficio fiscal.

¿CÓMO PUEDES DENUNCIAR UN DELITO DE LA LEY N° 20.393?

Cualquier persona que tenga conocimiento de un delito cometido y que involucre a la empresa, sus trabajadores, proveedores, clientes y público en general, puede realizar una denuncia a través de los canales de denuncias que Besalco ha puesto a disposición en este sitio web.

Ante cualquier duda o consulta relacionada a la Ley N° 20.393 u otros temas relacionados a probidad y ética, favor dirigirla al Encargado de Prevención de Delitos a consultas.epd@besalco.cl.

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Ley N° 20.393.